Nada más sencillo que abrir un blog gratuíto en wordPress.com, conseguir muchas visitas trabajando duro en tus artículos y ganar unos eurillos con la publicidad, pero has de saber que estás incumpliendo la ley cuando se instalan cookies (de Google Analytics, WordPress u otras) en el ordenador del usuario.
La Ley de Cookies
La Ley de Cookies en realidad es una reforma del artículo 22 de la Ley de Servicios de Sociedad de la Información) obliga a toda web que tenga relación con una actividad profesional a informar a sus usuarios del uso de cookies y su finalidad. Ya sea una tienda on-line, un foro, una web, una red social o un blog, siempre que exista alguna vinculación con una actividad profesional, estarán sujetos a cumplir con la auditoría de cookies. Sólo podríamos exceptuar aquellos blogs sin publicidad que la sean de carácter personal.
No vamos a pensar que casi todas las webs de España vayan a ser denunciadas o sancionadas por la AEPD (organismo regulador en España), pero como a perro flaco todo se le vuelven pulgas, cada vez más gente que quiere emprender un negocio on-line, lo hace fuera de España, puesto que te puede caer una multa de 30.000€ ó 150.000€ en el peor de los casos.
A trabajar fuera de España y a crear un negocio también
Dirán que la ley de cookies es una transposición de una directiva europea, pero si miramos en Inglaterra, la web del organismo que regula estos asuntos, el ICO, dice que simplemente hay que mostrar un mensaje en el que diga que ya te han instalado cookies.
Siendo, más pragmáticos y viendo que es una ley imposible de hacer cumplir, el ICO decidió este año que el consentimiento implícito era suficiente, que no iban a hacer nada con los infractores, y que el público ya tenía “suficiente conocimiento” y por tanto no era necesario imponer la ley.
Si te empeñas en crear tu negocio online desde España puedes pensar que Hacienda no te va a multar por no declarar unos pocos cientos de euros que ganas en tu tienda online. quela AEPD no te va a sancionar por tener el blog alojado en un servicio gratuíto y que la Seguridad Social no te va a multar por no darte de alta como autónomo si solo ganas unos cientos de euros con la publicidad de tu blog.
O puedes tratar de cumplir con la ley cumpliendo todos los requisitos requeridos por dicha ley.
Cómo cumplir la Ley de Cookies
La ley exige que se informe suficientemente al usuario de que se van a instalar cookies en su ordenador y que el usuario manifieste su consentimiento a dicha instalación.
La información debe ser clara y precisa, no es suficiente con tópicos del tipo “este sitio utiliza cookies”, si no que debe detellarse qué cookies y para qué se usan. Como es normal esa información debe ser sucinta, pero al mismo tiempo clara y que no induzca a errores.
Además se debe detallar el funcionamiento de las cookies de nuestro sitio, completando la información que se ha ofrecido de forma inicial, hasta conformar una política de cookies completa.
Por último, es recomendable informar al usuario de qué son las cookies para qué se usan y cómo puede configurar su navegador para usarlas o no.
Vínculos de interés:
- http://www.ceoe.es/resources/image/regulacion_cookies.pdf
- http://letslaw.es/blog/decalogo-de-la-nueva-legislacion-de-cookies/
- http://www.ipmark.com/noticia/14037/MK-INTERACTIVO/IAB-lanza-la-Guia-sobre-el-uso-de-las-cookies.html
- http://www.marketingdirecto.com/actualidad/digital/como-afecta-la-nueva-regulacion-de-cookies-a-la-industria-publicitaria-digital-segun-iab/
- http://www.iabspain.net/wp-content/uploads/downloads/2013/04/Infograf%C3%ADa-evoluci%C3%B3n-cookies-IAB-Spain.pdf
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